Puerto Rico PC 866: Para enmendar los Artículos 2 y 5 de la Ley Núm. 97 de 25 de junio de 1962, según enmendada, conocida como la “Ley para reglamentar el establecimiento y operación de los laboratorios de análisis clínicos, centros de plasmaféresis, centros de sueroféresis y bancos de sangre en Puerto Rico”, a los fines de autorizar a los laboratorios de análisis clínicos debidamente licenciados a administrar vacunas; establecer los requisitos mínimos para dicha autorización; y facultar al Secretario de Salud a crear la reglamentación necesaria para su supervisión y fiscalización.

Status: Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara (as of 2026-06-22)

State: Puerto Rico · Session: 2025-2028 · Bill: PC 866

Sponsors: Jerry Nieves Rosario - Sistema Único de Trámite Legislativo, Joe Colón Rodríguez - Sistema Único de Trámite Legislativo, Luis J. Jiménez Torres - Sistema Único de Trámite Legislativo

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