Puerto Rico PC 398: Para enmendar el Artículo 89, añadir un nuevo Artículo 153, reenumerar los artículos 153 y 154, como los artículos 154 y 155, respectivamente, añadir un nuevo Artículo 156, y reenumerar los subsiguientes, en la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como "Código Penal de Puerto Rico", con el propósito de aumentar a veintiún (21) años la edad de la víctima a ser utilizada como fecha a partir de la cual se computa el término prescriptivo del delito; para añadir el deber de los programadores, técnicos y proveedores de servicios de Internet en reportar a la Policía de Puerto Rico cualquier material pornográfico infantil hallado en las computadoras en las que realice labores; y para otros fines relacionados.
Status: Devuelto por Fortaleza (as of 2020-08-13)
State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PC 398
Sponsors: José E. Meléndez Ortiz, María M. Charbonier Laureano
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