Puerto Rico PC 533: Para enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 40 de 15 de junio de 1959, según enmendada, conocida como “Ley para Disponer las Condiciones en que los Pensionados puedan Servir al Gobierno de Puerto Rico sin Menoscabo de sus Pensiones”; y añadir un nuevo Artículo 3, y renumerar los Artículos 3, 4 y 5 como Artículos 4, 5 y 6 de la Ley Núm. 187 de 2 de mayo de 1952, conocida como “Ley para Disponer la Suspensión del Pago de Anualidades o Pensiones a los Empleados públicos Retirados o Pensionados cuando ocupen puestos retribuidos en el Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de proveer los mecanismos a los trabajadores pensionados mediante programas de retiro incentivado, y empleados que renunciaron de manera incentivada como parte del Programa de Transición Voluntaria para que puedan desempeñarse a partir del 1 de julio de 2022, en un empleo regular parcial que en tiempo y en retribución no exceda la mitad de la jornada regular de trabajo, y en el cual perciba retribución no mayor de la mitad de la que correspondería al mismo empleo si fuera de jornada completa independientemente de la existencia de cualquier acuerdo suscrito que prohíba su regreso al servicio público; y para otros fines relacionados.

Status: Ley Núm. 53-2022 (as of 2022-07-11)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 533

Sponsors: Carlos J. Méndez Núñez, Miembros PNP

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