Puerto Rico PC 1215: Para enmendar el inciso (a) y (e) del Artículo 1.55, el Artículo 1.66, el inciso (e) del Artículo 3.03, añadir el Artículo 3.07-A, enmendar el inciso (c) del Artículo 22.05, enmendar el sub-inciso (40) en el inciso (a) del Artículo 23.02 y enmendar el Artículo 23.06 de la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de crear nueva categoría de licencias de conducir solo motocicleta y disponer sus requisitos; aclarar disposiciones del plan de pago de multas de tránsito; ordenar al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), a la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA) y a la Comisión de Seguridad en el Tránsito, realizar una serie de actividades especiales alrededor de la isla con el propósito de facilitar a la ciudadanía el obtener la licencia de conducir motocicleta, así como llevar a cabo una campaña informativa a los fines de dar a conocer las disposiciones de esta Ley; ordenar al Secretario del DTOP establecer un plan para crear áreas de polígonos móviles en localidades temporeras alrededor de toda la isla; establecer las disposiciones transitorias; y para otros fines relacionados.

Status: Quedó Pendiente de Acción Posterior en la Cámara (as of 2023-03-28)

State: Puerto Rico · Session: 2021-2024 · Bill: PC 1215

Sponsors: Angel N. Matos García, Jessie Cortés Ramos

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