Puerto Rico PS 527: Para enmendar el inciso (d) del Artículo 6 de la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor", a los fines de establecer que las reconsideraciones de una determinación final sobre un procedimiento administrativo de naturaleza cuasi judicial o cuasi legislativo tendrá que ser evaluado por el Secretario, o por cualquier empleado o funcionario que sea abogado, admitido a la práctica legal de la abogacía por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

Status: Ley Núm. 11-2018 (as of 2018-01-20)

State: Puerto Rico · Session: 2017-2020 · Bill: PS 527

Sponsors: Thomas Rivera Schatz

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